Por Juan José Guerreo García
Los pueblos se identifican a sí mismos según su patrimonio cultural. Su patrimonio cultural acumulado les da seguridad frente a los problemas de su entorno y les permite desenvolverse creativamente frente a nuevos problemas. Ese es el destino de identidad que hace que los pueblos se hagan hacedores de su destino, se identifiquen con sus tareas, con su hábitat creado, con sus símbolos y todo ello con su conciencia.[1]
Introducción
Este documento es resultado de la inquietud surgida a partir de la lectura de “La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) de la ONU”, específicamente de la fracción primera del artículo once que a la letra dice:
Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas.
¿Qué sucede entonces con la arqueología y la ley mexicana, sobre todo en cuestión de la fracción XXV del articulo 72 de la constitución, donde queda claro que la legislación sobre monumentos arqueológicos corresponde únicamente a la federación y, en la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos Artísticos e Históricos publicada en el año de 1972 donde establece la propiedad nacional de dichos monumentos y al INAH como su principal responsable? ¿Es posible la compatibilidad entre las leyes actuales de protección al patrimonio y los derechos indígenas?
En mi opinión: la arqueología mexicana y en general las instituciones y especialistas dedicados al patrimonio, deben ver la autonomía indígena como un elemento necesario en la conservación, investigación y difusión del patrimonio. La legislación vigente sobre la protección de monumentos permite dar pasos importantes en ese sentido, sin embargo, no deja de ser opuesta, en principio, con las aspiraciones de autonomía.
El origen histórico del problema.
La incompatibilidad entre los derechos indígenas y la legislación sobre monumentos arqueológicos radica en los principios con los que ésta ultima fue creada, las leyes se hicieron para responder a una serie de necesidades propias de la relación entre la arqueología mexicana y el gobierno de nuestro país de mediados del siglo pasado.
La relación fundamentada en el financiamiento estatal a cambio de “crear un espíritu de unidad nacional”,[2] consolidando el mito de la magnanimidad mexicana, de un pasado glorioso que anunciaba un futuro equivalente.[3] Los enormes centros ceremoniales cumplieron con la tarea de difundir nuestra grandeza.[4] La idea de Mesoamérica se tornó como un elemento unificador,[5] la historia ocurrida en el territorio siempre había sido homogénea y tendiente al progreso de lo olmeca, maya a lo teotihuacano, lo tolteca y finalmente lo azteca, se creó toda una historia compartida y unificada de México, “el patrimonio eran los vestigios de la matriz de una nueva nación”[6] como lo pensaba Don Alfonso Caso. Se homogenizó “la historia al igual que el patrimonio”[7] en aras de la formación del nuevo imperio mestizo, el Estado Mexicano. Como dice Manuel Gándara, el arqueólogo, solo prestó su bata blanca de investigador para dar un tinte científico a “la ideología que hemos ayudado a construir”.[8]
De la misma forma, en ese momento se tenía una actitud paternalista y civilizadora hacia los pueblos indios, basado en la asimilación cultural de estos.[9] La Nación mexicana mestiza se impuso como única, homogénea y generalizada.[10] Esto implicaba la eliminación de las diversas culturas indígenas. Como continuación del proceso de colonización, la “Unidad Nacional” destruyó la identidad de los pueblos indígenas, atacando los símbolos, confundiendo la percepción y el valor de su patrimonio. El resultado de la política indigenista y patrimonial del estado postrevolucionario fue crear la idea de la imposibilidad de un futuro propio fuera del Estado Nacional mestizo.[11] El Estado arrebató el pasado de las comunidades, haciendo de los arqueólogos y otros especialistas, los únicos poseedores de la verdad en torno a éste. La valorización del patrimonio siempre fue unilineal y asimétrica, nunca se tomo en cuenta a los pueblos.[12] El descubrimiento de los centros ceremoniales y su adecuación para el turismo lograron desorganizar las distintas costumbres de los pueblos indígenas cercanos, se les impusieron nuevas relaciones de subordinación con los burócratas y turistas. Bajo la bandera del interés publico y de la nación se expropiaron terrenos de las comunidades, el criterio para ésta medida nunca fue la protección del patrimonio en general, sino más bien la apropiación de las zonas que daban prestigio y legitimidad al proyecto estatal.[13]
El artículo ocho apartado primero de la DNUDPI, dice que, los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzada o la destrucción de su cultura.[14] En su segundo apartado menciona que el estado debe prevenir y resarcir “todo acto que tenga por objeto o consecuencia privar a los pueblos y las personas indígenas de su integridad como pueblos distintos o de sus valores. Además de todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras.[15] Visto desde la declaratoria, la política indigenista como la del patrimonio, actuó en perjuicio de los pueblos indios, y según los mismos lineamientos debemos resarcir los daños.
Para ser justos, hay que mencionar que a partir de los años sesentas, cuando el proyecto posrevolucionario empezó a colapsar y las diferencias ocultas desbordaron el recipiente de la unidad nacional, diversos movimientos sociales cuestionaron el proyecto instituido por el PRI, las disciplinas antropológicas no se quedaron atrás, las criticas a la asimilación indígena y el total apego a la ideología gubernamental en perjuicio del propio patrimonio, hechas desde dentro del INAH, fueron contundentes, muchas de estas críticas sirvieron para la creación de ley del setenta y dos, sin embargo el fundamento de arqueología nacionalista sigue presente en ella.
La LFMAAH es un gran ejemplo mundial para la protección del patrimonio, sobre todo porque hace propiedad de la nación y le da el carácter de imprescriptibles e inalienable, a los monumentos arqueológicos muebles e inmuebles. Además tipifica como monumentos arqueológicos no solo a los objetos de valor estético y político sino a otros materiales que la ciencia arqueológica necesita para su estudio. Sin embargo, lejos de conseguir más fuerza, tras la ley del setenta y dos, el INAH se debilitó, esto no sucedió por el contenido de la ley, sino por el cambio de la política estatal sobre el patrimonio,[16] ya que vino un “debilitamiento del sustento nacionalista”que era lo que daba “eficacia social” al trabajo arqueológico.[17] El instituto se volvió cada vez menos importante, incapaz de cumplir con las justas aspiraciones legales.[18]
El gobierno una vez que dejó el proyecto nacionalista se volcó a explotar el valor económico del patrimonio, los arqueólogos acostumbrados al apadrinamiento estatal, se volvieron huérfanos, el proyecto de protección del patrimonio cultural defendido por los especialistas que pone énfasis en el valor científico del patrimonio, fue y es incompatible con el proyecto gubernamental que ve en éste sólo una fuente de riquezas, el INAH se volvió para el gobierno y las empresas un obstáculo para el desarrollo.[19] El proyecto nacional de la cultura está orientado al turismo no a la ciencia, ni a la educación, los verdaderos usufructuarios del patrimonio son los grandes consorcios turísticos muchas veces transnacionales,[20] no las comunidades y pueblos cercanos, tampoco el INAH.
El proyecto del gobierno neoliberal requiere de impedir a toda costa la autonomía de los pueblos indígenas, para eso se ha servido de la guerra sucia en todo el territorio, al mismo tiempo necesita desmantelar la estructura de las instituciones del México postrevolucionario, entre ellas el INAH, que a tenido que enfrentar embates como la creación del CONACULTA, y mas recientemente la conocida ley Bermúdez y la iniciativa del legislador del PRI Cesar Camacho Quiroz. Queda claro que tanto las comunidades como el INAH, tienen que librar una lucha por su sobrevivencia.
Apropiación colectiva del patrimonio
Tanto el nacionalismo como la actual administración neoliberal generaron formas de identificación ecléctica o indeterminada, este tipo de identificación es en realidad una no identidad.[21] No está acorde con las comunidades ya existentes ni ayudan a éstas a desarrollarse, por lo tanto, son proyectos sin eficacia social. Al notar que la tarea de proteger el patrimonio excede con mucho las capacidades del instituto, algunos arqueólogos han dicho que es indispensable incluir al público para ayudarnos con nuestra labor.[22] La propia ley autoriza a realizar acciones con organizaciones vecinales y campesinas con el fin de impedir el saqueo y preservar el patrimonio. Sin embargo a pesar de que las propias autoridades del INAH han reconocido la importancia del la participación colectiva y popular en la defensa del patrimonio, nunca han hecho programas para integrar los apoyos.
Como bien dice Lumbreras “un patrimonio carente de poseedores que se identifiquen con él es un patrimonio congelado y absolutamente, indispuesto con su condición de bien promotor y generador de desarrollo social”,[23] habría que agregar que un patrimonio huérfano resulta también indefendible. La identificación colectiva, me parece la única manera de defensa. La participación de comunidades organizadas es la forma de regresarle su sentido tanto al patrimonio como a la arqueología, los pueblos autónomos son un buen ejemplo de estas comunidades, el patrimonio sirve como vehículo para fortalecer y recrear identidades que en este caso si son reales ya que son parte de una colectividad. Las comunidades indígenas, con asesoría de especialistas pueden generar programas para conservar la herencia histórica material.
Demandas patrimoniales de los pueblos indígenas
En México la organización de los pueblos indios en torno a la demanda central de autonomía ha sido expresada en múltiples foros, las peticiones a grandes rasgos son en torno a que se les reconozca la capacidad de auto legislarse y auto organizarse, manteniendo sus propios cuerpos de seguridad, de educación, escritura de su historia, mantener cohesión social y cultural tener control de su territorio lo cual comprende el suelo subsuelo espacio aéreo y en algunos casos marítimo.[24] La demanda del manejo de los monumentos arqueológicos no ha sido suficientemente formalizada, sin embargo está implícito en la exigencia que se hace al gobierno federal de que se vea como inembargables e imprescindibles las tierras y los recursos naturales pertenecientes a los grupos indígenas quedándose en estos la responsabilidad de su protección y conservación.[25]
¿Cómo, coordinar lo inembargable e imprescindible del territorio indígena con lo inalienable e imprescriptible, de la propiedad nacional? Por otro lado una cosa es la cooperación con juntas vecinales y organizaciones agrarias para evitar el saqueo y la protección, y otro muy distinto, es mantener, controlar y promover el patrimonio cultural que es lo que piden los pueblos.
Mencionaré algunas de las exigencias que con respecto al patrimonio hacen los pueblos indígenas y ahora la propia ONU. El artículo 31 apartado primero de la DDNUDPI dice que: Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar la propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales.[26]
El Congreso Nacional Indígena ha exigido la restitución de las tierras y territorios arrebatados a los pueblos.[27] El reconocimiento del patrimonio histórico y cultural colectivo, dando derechos de autoría y propiedad intelectual de los diseños, modelos, productos artísticos y medicinales,[28] aclararan que se debe considerar como una“medida prohibida la expropiación del patrimonio cultural territorios y recursos naturales de los pueblos indígenas,[29] exigen que los centros ceremoniales y espacios sagrados sean administrados directamente por los pueblos indígenas, garantizando el libre acceso para la realización de ceremonias.[30] Que a partir de hoy las zonas arqueológicas se denominen centros ceremoniales, y que estos sean patrimonio de los pueblos indígenas, pudiendo así “gozar de sus beneficios”.[31]
Resumiendo, rechazan la expropiación, exigen la administración de los centros ceremoniales y ser beneficiarios de los recursos que éstos generen.
La propiedad del patrimonio
El problema entre la legislación actual y la autonomía indígena, en cuestión del patrimonio, radica en el hecho de quien es dueño de éste, si es propiedad de la nación o de las comunidades, el derecho vigente es muy claro en esto, pero la discusión ahora sobrepasa lo legal y entraremos al terreno de lo legítimo.
¿Podemos decidir quiénes son los legítimos herederos de los diferentes grupos pre y sposthispánicos? Mi respuesta tiene que ser que no.
El patrimonio es universal, las comunidades autónomas así como arqueólogos y restauradores solo nos responsabilizamos de preservar el registro de las experiencias humanas del pasado, de tal forma que el pasado no le pertenece a nadie o más bien nos pertenece a todos, cada participante de la sociedad tiene distintos grados de responsabilidad en la conservación del patrimonio. Lo importante es valorar la vida de los que ya murieron, las experiencias, los sueños y con esto incorporarlo a nuestra existencia.
El problema es definir los grados de responsabilidad que se tiene sobre el patrimonio. Si bien el derecho vigente sigue dando al INAH la responsabilidad mayor sobre los monumentos arqueológicos, éste no puede darse el lujo de no permitir la participación de las comunidades indígenas, al contrario, el instituto tiene que ver como una urgencia el que ésto suceda, los lineamientos de la ONU, en este como en otros temas, no dejan de ser simples recomendaciones, que desgraciadamente se las lleva el viento. Sin embargo esperamos que si alguna vez se le da mayor validez en la Constitución Mexicana, al derecho de las comunidades sobre el patrimonio, estas no excluyan a los científicos, como nosotros lo hemos hecho con ellas.
Las comunidades autónomas quieren asumir la administración de los centros ceremoniales, ser beneficiarios de los recursos que estos generen. No sólo estoy de acuerdo con que esto suceda sino que creo que es la mejor forma de defender estos centros, por varias razones.
Hasta ahora el saqueo de piezas se ha visto como un robo al gobierno, al ser la comunidad quien se responsabilice, no será más un robo a la administración pública sino también a la comunidad lo cual lo hará más difícil. La cercanía de las comunidades les permite organizarse de mejor manera para la custodia y mantenimiento. La participación colectiva en la protección del patrimonio es la mejor forma de valorarlo, quien no se involucra no puede aspirar a conocer, la defensa colectiva es la forma en que el patrimonio cumple el fin último de generar identidad y conocimiento, de incorporarse a la existencia y aspiraciones de las comunidades presentes.
Pese a lo anterior me parece que hay una idea poco clara (en las comunidades) de lo que implica realmente la administración de un sitio y el goce de sus beneficios, cabe aclarar que los responsables de dicha confusión somos los arqueólogos. En principio el patrimonio va más allá de los centros ceremoniales. Lo siguiente es que la administración de un sitio trasciende del simple cobro de la taquilla, los gastos para el mantenimiento de las zonas arqueológicas en la mayoría de los casos son más grandes que los recursos generados por los visitantes.
Así pues las comunidades autónomas no pueden ver al patrimonio como la alcancía que los sacara de pobres. La administración del patrimonio es un acto de responsabilidad con el resto de la humanidad. Su conservación y difusión requiere de diversos saberes técnicos, que hasta ahora son algunas instituciones educativas las que han logrado sistematizarlos, somos los especialistas los que hemos tenido la experiencia de conservar e investigar el patrimonio, hoy tenemos dos opciones o decidimos aportar nuestros conocimientos a favor de un uso colectivo del patrimonio lo cual lo permitiría la autonomía o nos aferramos a nuestro aislamiento progresivo y nos mantenemos en la idea de ser los únicos capaces de dar valor a los monumentos arqueológicos.
Las comunidades no están cerradas a la participación de los diversos especialistas, ni niegan la creación de programas conjuntos, al contrario, la autonomía es la bandera con la que los grupos indígenas en el país están luchando por transformar sus condiciones y defender su libre determinación,[32] por qué existe voluntad de acción, existe la voluntad de dialogo y de transformación, en ningún momento la autonomía puede ser retrograda, los arqueólogos debemos de responder a esa apertura participando con los pueblos en la defensa del patrimonio.
El artículo treinta y nueve de la DNUDPI dice que los pueblos indígenas tienen derecho a la asistencia financiera y técnica y por conducto de la cooperación internacional para el disfrute de los derechos enunciados en la presente declaración.[33]
Prueba de la apertura de las comunidades indígenas a las instituciones de educación y enseñanza es la opinión del CNI, de que las universidades tienen que cambiar su visión, ya que estamos obligados a apoyar a las comunidades mediante el servicio social de los estudiantes.[34]
En principio me parece que somos el INAH y los diversos grupos encargados del patrimonio cultural, los que debemos tomar la iniciativa y comenzar con el diálogo y la participación conjunta, respetando las diversas ideas y valores que se puedan generar “para llegar a un dialogo en pie de igualdad”[35] tenemos que cambiar la actitud de prepotentes agentes del Estado, de sabios, de ingenieros interesados en hacer perfectos agujeros. Tenemos que entender que el patrimonio cultural de una comunidad va mas allá de tepalcates y piedras, que esas comunidades tienen necesidades inmediatas en las que podemos ayudar, por citar un ejemplo muchas comunidades necesitan planos de los linderos de su territorio, esa es una de sus tareas primordiales pues las fabricas empresas y ciudades “crecen como esponja y nos van arrinconando”. Así pues el principal patrimonio arqueológico es la tierra, desgraciadamente para aprovechar ese patrimonio se les exige que delimiten sus terrenos en el mas nuevo lenguaje occidental, las coordenadas UTM y el AUTOCAD, que por cierto es un lenguaje que los arqueólogos manejamos bien, otra forma es la búsqueda de documentos, el rastreo de los documentos históricos de las comunidades es fundamental para ellas ya que el artículo segundo de la constitución mexicana dice que para reconocer a un pueblo como indígena y también sus formas de gobierno, éstos deben descender de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país cuando comenzaba la colonización.
Por más evidente y obvio que nos pueda parecer el reconocimiento de una comunidad indígena, el Estado exige documentos que nosotros podemos proporcionar a los pueblos. La Priorización del patrimonio es tan diversa como los pueblos, lo primero que hay que hacer es atenernos a sus prioridades, el primer paso para generar comunicación debe de ser la humildad, y no nuestra soberbia legalmente sustentada.
Debemos generar planes de trabajo en conjunto para la protección y administración del patrimonio, ajustándonos a las formas de trabajo comunitario y no imponiendo los modelos casi siempre fallidos de la burocracia, debemos pugnar porque se de apoyo presupuestal para la conservación.
¿Por qué si podemos aceptar que las comunidades autónomas pueden administrar el patrimonio y no los gobiernos estatales o la iniciativa privada? Como ya dijimos, es la participación comunitaria la que da verdadera identificación hacia el patrimonio, darle el patrimonio a los gobernadores implica cambiar la administración de una burocracia a otra, además de restarle facultades al INAH y con esto muy probablemente, perder la oportunidad de investigación científica, los gobiernos estatales han demostrado ser fácilmente seducidos para la explotación turística de los sitios, en perjuicio de estos y en beneficio de los gobernadores y de las empresas cercanas al grupo de poder, dejar los sitios a la administración de las empresas privadas implica su deterioro y elitización, lo que elimina de facto la idea de patrimonio de la humanidad.
¿A caso las comunidades autónomas no son susceptibles a hacer lo mismo que los gobiernos y las empresas? ¿No pueden acceder a presiones y sobornos para servir de intermediarios entre las empresas y el patrimonio? Sin duda es posible y ese es un gran problema que debemos de analizar.
Confieso que uno de mis mayores miedos es que el patrimonio se quede en manos de algún cacique, desgraciadamente eso ya sucede dentro del INAH, ahora bien como dice Díaz Polanco el caciquismo es justamente el resultado de la ausencia de autonomía, los caciques solo son un eslabón más en la cadena de mando del Gobierno Federal, el objetivo de la autonomía es romper con esta cadena.[36] La autonomía como ya dijimos es en si misma democrática y colectiva, no se trata de dejar en pocas manos lo que es de la humanidad sino al contrario, la autonomía debe garantizar la participación de la comunidad y esto impide los arreglos cupulares muy conocidos en la política occidental. Es mucho más factible participar con una comunidad sobre la conservación de su patrimonio, que convencer o más bien rogarle a un gobernador para que no haga un negocio de la historia.
¿Es compatible la legislación actual de protección al patrimonio con los derechos indígenas? Me parece que la autonomía indígena propone una nueva forma de nación que no es para nada la que se pensó cuando se formuló la legislación vigente, los autores de la ley, en los años setentas, no podían adivinar la movilización cada vez mayor de los pueblos indígenas, tampoco podían predecir el cambio de política Estatal, sin embargo, la autonomía indígena y los demás tipos de usos comunitarios del patrimonio no solo son compatibles sino necesarios para la defensa de este. Un día esperemos, que más pronto que tarde, la movilización de los pueblos logre conseguir una situación más favorable, en ese momento la ley de monumentos tendrá que ser transformada para bien de todos. Hasta entonces debemos defenderla pues es ésta la que de una u otra forma ha detenido la ofensiva neoliberal. Debemos aprovechar los espacios que nos brinda la LFMZAAH para incorporarnos a las comunidades y defender los patrimonios, presionar para cambiar la ley de monumentos o desfederalizar el patrimonio. Sería en estos momentos dar pretexto a los diputados y senadores para cambiar la ley a favor de la elitización y mercantilización del patrimonio, lo primero que hay que hacer es generar verdaderas experiencias de colectivización y valorización de los regalos del pasado.
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Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos le los Pueblos Indígenas. ONU,
[1]Lumbreras, Luis “el patrimonio cultural como concepto económico” p44
[2] Manuel Gándara la arqueología oficial mexicana. p153. Después del gobierno del General Cárdenas el cual concedió muchos de los derechos y demandas legitimas de los obreros y campesinos, se vino el gobierno del General Manuel Ávila Camacho, gobierno caracterizado el proyecto de “Unidad Nacional” el cual, en los hechos, consistió en pedir la plena fidelidad del movimiento obrero y campesino al proyecto burgués del Estado Nación impulsada por la nueva elite posrevolucionaria que a la postre sería la única beneficiada. La “Unidad Nacional” fue el sustento ideológico del gobierno priista durante todas sus décadas en el poder y actualmente sustenta también las ideologías de los diversos partidos políticos, de manera ms marcada PRI y PRD quienes compiten por las bases campesinas y obreras.
[3] Augusto Urteaga “notas para una historia del estado y la demanda social de la preservación del patrimonio cultural.p119
[4] Manuel Gándara la arqueología oficial mexicana. P158
[5] Augusto Urteaga “Notas para una historia del estado y la demanda social de la preservación del patrimonio cultural.p119
[6] Nalda Enrique “ Elementos para la elaboración de una política del patrimonio arqueológico”p129
[7] Guillermo Bonfil Batalla nuestro patrimonio cultural.p142
[8] Manuel Gándara la arqueología oficial mexicana. P162
[9] Rosalva Aida Hernández “El zapatismo en la era de la autonomía” boletín de antropología americana 32, p149
[10] Bonfil Batalla, Nuestro patrimonio cultural laberinto de significados.
[11] Bonfil Batalla nuestro patrimonio cultural.p139
[12] Bonfil Batalla nuestro patrimonio cultural.p143
[13] Augusto Urteaga “notas para una historia del estado y la demanda social de la preservación del patrimonio cultural.p121
[14] Declaración de derechos indígenas ONU
[15] Declaración de derechos indígenas ONU
[16] Nalda enrique. “ Elementos para la elaboración de una política del patrimonio arqueológico”
[17] Nalda enrique. “ Elementos para la elaboración de una política del patrimonio arqueológico”
[18] Nalda enrique. “ Elementos para la elaboración de una política del patrimonio arqueológico”
[19] Manuel Gándara la arqueología oficial mexicana. P218
[20] Manuel Gándara. La arqueología oficial mexicana
[21] Lumbreras, Luis “el patrimonio cultural como concepto económico”46
[22] Manuel Gándara la arqueología oficial mexicana P178
[23] Lumbreras, Luis. “el patrimonio cultural como concepto económico”p44
[24] Anzaldo, Juan. Primer congreso nacional indígena nunca mas un México sin nosotros. P14
[25] Anzaldo, Juan. Primer congreso nacional indígena nunca más un México sin nosotros. P15
[26] Declaración de derechos indígenas ONU
[27] Anzaldo, Juan. Primer congreso nacional indígena nunca más un México sin nosotros. P15
[28] Anzaldo, Juan. Primer congreso nacional indígena mesa 1 nunca más un México sin nosotros. P16
[29]Anzaldo, Juan. Primer congreso nacional indígena mesa 1nunca más un México sin nosotros. P16
[30] Anzaldo, Juan. Primer congreso nacional indígena mesa 4 nunca más un México sin nosotros. P32
[31] Anzaldo, Juan. segunda asamblea nacional congreso nacional indígena nunca mas un México sin nosotros. 62
[32] Araceli Burgete boletín “autonomías en los altos de Chiapas “de antropología americana boletín de antropología americana 33, p133
[33] Declaración de las Naciones Unidas derechos de los Pueblos Indígenas ONU
[34]Segunda asamblea nacional del congreso nacional indígena nunca mas un México sin nosotros. P59
[35] Bonfil Batalla nuestro patrimonio cultural laberinto de significados. p149
[36] Francois Badaire “el dilema de la autonomía indígena”. boletín de antropología americana 33, p133